BÁCULO Y GUÍA PARA MANEJARSE DECENTEMENTE POR LA MITOLOGÍA PENAL CONTEMPORÁNEA

miércoles, 19 de octubre de 2011

¿quién puede defender a un asesino?

Me gusta entender el derecho a la defensa que reconoce nuestra Constitución (arts. 17.3 y 24.2) no como una aséptica y genérica garantía de naturaleza procesal, relacionada directamente con la necesaria protección del ciudadano frente a posibles e indeseables abusos de poder (asegurando, por ejemplo, que nadie será detenido sin razón aparente, que a nadie se le tomará declaración lesionando su dignidad, o que a nadie se le aplicarán otras medidas que las legalmente establecidas al efecto), sino como la consecuencia inevitable de la imperativa aplicación de un sistema normalizado de violencia, formal y rígido, meticulosamente fundamentado pero muchas veces inútil y desproporcionado, ante el que el ciudadano se presenta siempre desnudo, desarmado, asustado y solo.

Frente a la violencia instintiva, indomable, indeseada e injusta (que es la que habitualmente ejerce el delincuente), se presenta una violencia sensata, reflexiva, querida y justa, que es la del Estado.

Y es en esta aparente paradoja donde cobra todo su sentido el derecho a defensa. Frente a un gigantesco aparato de justicia y represión, mecanizado, normalizado e inflexible, plagado de agentes (policías, fiscales, jueces, magistrados), y lleno de tecnicismos, presupuestos, excepciones y plazos, el detenido, el procesado, necesita un intérprete, un parapeto donde esconderse o un báculo donde apoyarse, no sólo para saber navegar en lo que empezó siendo una forma de impartir justicia y ha terminado convirtiéndose en una inabarcable y a veces incomprensible amalgama de formalismos, sino también para tener la oportunidad de poder justificar, explicar, hacernos comprender, o hacernos dudar, de si la violencia que ejerció tuvo su sentido, fue tan intensa o tan obscena, pudo ser o no consecuencia más o menos inevitable de mil y un factores desencadenantes, o existió incluso.

Otras formas de ejercitar el derecho a defensa, ajenas a su fundamento y a su sentido, son también habituales, aunque nada tengan que ver con su origen y su justificación. Utilizar torticeramente la ley, o sus lagunas o imperfecciones, para beneficio del delincuente y no para su castigo, o aprovechar los recovecos oscuros de las normas para humillar a las víctimas y no para satisfacerlas, es el coste que la sociedad está dispuesta a pagar en pos de salvaguardar el auténtico derecho a defensa, base y pilar de nuestro sistema de justicia.

También hay asesores fiscales, y hábiles leguleyos, que presumen de ayudar a pagar menos impuestos, o a libarse de hacer frente a las multas de tráfico, y no por ello les acusamos de indecentes o inmorales, ni ponemos en duda nuestro imprescindible sistema impositivo, ni renegamos de la necesaria contribución individual, justa y solidaria, a los gastos generales de la comunidad.

1 comentario:

David Hermoso dijo...

A la respuesta del título del artículo, en mi opinión la madre de alguien siempre es madre, y por ello lleva consigo la defensa de sus hijos ante cualquier altercado, por ello, no se debe de juzgar a éstas, pues este sentimiento es algo que las mamás no pueden evitar.

David Hermoso Derecho Penal