BÁCULO Y GUÍA PARA MANEJARSE DECENTEMENTE POR LA MITOLOGÍA PENAL CONTEMPORÁNEA

martes, 12 de febrero de 2008

todos perdemos

El doctor Montes era el Médico Jefe de Urgencias del Hospital Severo Ochoa cuando, después de una supuesta sedación irregular y continuada de enfermos terminales, fue cesado en sus funciones por la Comunidad de Madrid en abril de 2005. Por lo visto, el 90% de los pacientes sedados por Montes -o su equipo- durante los últimos años había muerto en menos de 24 horas, de forma que el servicio de urgencias que el cesado médico dirigía triplicaba en mortalidad al de los otros hospitales de Madrid y Comunidad.



El Colegio de Médicos, a petición del Juzgado de Instrucción nº 7 de Leganés, emitió dictamen sobre el asunto en mayo de 2006 y, pese a ser éste muy crítico con la labor del doctor Montes, asegurando que "no se encontraban en las historias clínicas los documentos específicos de consentimiento informado para la sedación terminal" y que, en términos generales, se había realizado una mala praxis profesional, el Juzgado dictó un auto que acordaba el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa.

El pasado 28 de enero, la Audiencia Provincial de Madrid, en apelación, dictó un nuevo auto. En él se especifica, por un lado, que deben tenerse por suprimidas las menciones que el auto del Juzgado nº 7 realiza respecto a la mala praxis médica, y, por otro, que debe confirmarse el sobreseimiento de la causa. "El nexo causal entre las posibles malas prácticas y el fallecimiento de los pacientes no se puede averiguar al no haberse podido efectuar la autopsia de los fallecidos", dice el auto, "(...) con lo que, al no poderse probar este requisito del tipo", debe procederse al sobreseimiento. Además -puntualiza-, "no habría sido procedente continuar con el procedimiento para la acreditación de una posible mala praxis o un correcto tratamiento de los pacientes", pues no siendo posible "acreditar (la causa) del resultado lesivo, la mala praxis dejaría de tener una relevancia penal".

Así las cosas, ¿ustedes creen que, realmente, alguien debe sentirse orgulloso de algo o por algo...? Yo, sinceramente, creo que no.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Ciertamente no nos debemos sentir orgullosos del tema, por una parte el procedimiento, por otrael circo mediático y por último la decepción que supone (tanto para unos como para otros) que se haya zanjado sin entrar en el fondo. Unos decepcionados por no saber que pasó, otros por no poder demostrar que no habían hecho nada. lo cierto es que lejos de poder aseverar que se ha aplicado justicia y mucho menos justicia material, lo único que tenemos es un pronunciamiento que no contenta a nadie, dejando abierta la puerta a la especulación, saliendo por la tangente fallando en bases a uno de los elementos de la teoría del delito, pero que no hace otra cosa que evidenciar las carencias, defectos e inseguridad de nuestro sistema jurídico penal, cuando es mediatizado y politizado.