BÁCULO Y GUÍA PARA MANEJARSE DECENTEMENTE POR LA MITOLOGÍA PENAL CONTEMPORÁNEA

viernes, 20 de febrero de 2009

adultos sospechosos

No creo que haya conciencia clara, desde un punto de vista político criminal -ni moral-, de lo que se pretende, se quiere, se desea consentir o se considera adecuado respecto de la sexualidad de los menores de edad mayores de 13 años.

Hemos dicho en alguna otra ocasión que resulta paradójico fomentar políticas de hiperresponsabilización de estos jóvenes en determinados ámbitos, donde los consideramos sujetos adultos y consecuentes (por ejemplo, al fomentar el uso de preservativos entre los adolescentes, o al reclamar la validez del consentimiento prestado por las chicas de 16 años que deseen abortar), mientras que otras veces los tratamos como individuos absolutamente inmaduros, susceptibles de fácil degeneración y abuso, e incapaces de consentir o de hacerlo con relevancia y plena libertad (el artículo 189.4 C.P. criminaliza al que haga participar a un menor o incapaz en un comportamiento de naturaleza sexual "que perjudique la evolución o el desarrollo de su personalidad").

En esta esquizofrenia se inscribe la noticia de la que trae referencia este comentario. El Congreso aprobó ayer, por unanimidad, una proposición no de ley del Partido Nacionalista Vasco que insta al gobierno, dentro de una política global de actuación frente a la pederastia, a elevar la edad mínima para mantener relaciones sexuales consentidas.

¿Constituirá un tipo penal el simple hecho de mantener relaciones sexuales con un menor de 18 años?, ¿Qué tipo de relaciones sexuales incluirá? ¿Supondrá ello que también podrán cometer el delito los propios menores de 18 años, al mantener relaciones con adultos o con otros menores?

Quizá Alfie tenga algo que decir en todo esto.

No hay comentarios: